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ALGUNAS ACLARACIONES:
EL PROPIETARIO
es el “dueño” de la propiedad donde se realizan los trabajos de obra.
El comitente debe acordar con el propietario el uso de la propiedad para
realizar los trabajos.
EL COMITENTE
es el que:
“Encarga” (encomienda) los trabajos: de proyecto, de dirección, de mano
de obra, etc.
“Abona”
los costos de proyecto, de dirección de obra, de materiales y de mano de
obra
El profesional trata “sólo” con “un” comitente. Y de existir una
sociedad: con “un” representante.
Los pagos parciales / finales deberán ser realizados en tiempo y forma
pactados, y como última instancia se abonaran a las 20 horas del día
convenido en domicilio del profesional.
LA OBRA
es el lugar, predio, propiedad donde se realizan los trabajos de
construcción.
EN LA OBRA SÓLO DEBERÁN ESTAR LAS PERSONAS DEBIDAMENTE AUTORIZADAS. LAS
VISITAS SÓLO DEBERÁN SER REALZADAS EN PRESENCIA DEL PROFESIONAL.
EL PROFESIONAL
puede cumplir una o varias tareas:
Como PROYECTISTA:
“Realiza” los planos de obra conforme a lo “acordado” previamente con el
comitente.
El Profesional como proyectista realiza los planos de acuerdo a los
requisitos del comitente y a las normas municipales vigentes. Este último debe “decidir” bien lo que quiere
para NO “complicar” la obra con modificaciones.
Como DIRECTOR DE
OBRA:
“Controla” la fiel interpretación de los planos (por constructor,
electricista, plomero,…)
“Supervisa” técnicamente la correcta ejecución de los trabajos de
obra.
“Revisa” los presupuestos, y “Visa” los pagos parciales / finales de
la mano de obra.
“Asesora” sobre la contratación de uno u otro constructor o
instalador.
El Profesional como director de obra:
Sólo “controla”, NO es “policía de obra” NI debe “correr” detrás de
todos.
Sólo “supervisa”, NO es “maestro”, NO “enseña” cómo se hacen los
trabajos.
Sólo “revisa”, NO “aprueba” los presupuestos.
Sólo “asesora” en la contratación, No es “responsable” de constructores
o instaladores.
EL DIRECTOR DE OBRA NO TIENE POR QUE PERMANECER 24 HORAS EN LA OBRA,
PERO PARA EL CORRECTO DESENVOLVIMIENTO DE LA MISMA, SE LE DEBEN
COMUNICAR TODAS LAS ACTIVIDADES PERTINENTES A ELLA.
EL CONSTRUCTOR
y su gente son los que ejecutan materialmente la obra de albañilería.
LOS INSTALADORES
son los que ejecutan materialmente las instalaciones en la obra.
El Constructor y los Instaladores se deben comprometer a realizar la
ejecución de los trabajos pactados, según “usos y costumbres”, "las
reglas del arte" y los planos del proyecto.
LAS DIRECTIVAS
REFERENTES A LA OBRA DEBEN SEGUIR EL CAMINO:
COMITENTE ---- PROFESIONAL ---- CONSTRUCTOR y/o INSTALADOR
CONSTRUCTOR y/o INSTALADOR --- PROFESIONAL --- COMITENTE.
Fuente:
Los conceptos volcados anteriormente son un "resumen" de la
experiencia profesional.
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Si usted desea saber a cerca de los costos, puede
ver "Honorarios
Indicativos".
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